Decreto general ejecutorio
Es el decreto general que contiene una norma administrativa general y abstracta que determina más detalladamente la manera de cumplir una ley, o urge para su cumplimiento. Obligan a quienes están sometidos a esa ley.
Los decretos generales ejecutorios no derogan las leyes, y sus prescripciones que sean contrarias a las leyes no tienen valor alguno, pues sus normas son de rango inferior.
De ordinario el decreto general ejecutorio no tiene un tiempo de vigencia, pero puede ser revocado por la autoridad, o quedar derogado por cesación de la ley que desarrolla.
Estos decretos son emanados por la autoridad administrativa y se dirigen a una comunidad, no a una persona o personas determinadas.
Son decretos generales ejecutorios los decretos generales de dicasterios de la curia romana; también los directorios, al menos en cuanto a algunas de sus normas.
Fuentes: CIC c. 33
Voces relacionadas: DECRETO GENERAL, DECRETO SINGULAR, DIRECTORIO, LEY, NORMA ADMINISTRATIVA, POTESTAD EJECUTIVA