Directorio
Es un documento de gobierno emanado con fines de carácter pastoral, por una autoridad eclesiástica que goza de potestad ejecutiva.
Un directorio contiene normas que cumplen una función en relación a las leyes vigentes, desarrollándolas, determinando el modo de su aplicación, recordando la necesidad de su observancia, etc., en el respeto del principio de legalidad. El valor de esas normas puede ser el de un decreto general ejecutorio.
Los temas tratados en los directorios son, por ejemplo: la vida y el ministerio de los obispos, de los presbíteros, de los diáconos permanentes; el ecumenismo; la catequesis; la piedad popular. Los directorios más conocidos son los emanados por dicasterios de la Santa Sede, pero también pueden publicar directorios las conferencias episcopales, y las Iglesias locales.
El Concilio Vaticano II promovió este tipo de documentos, sobre los que había algún precedente anterior.
Fuentes: Decr. Christus Dominus n. 44; CIC c. 33 §1; Aclaraciones sobre el valor vinculante del art. 66 del Dir. para los presbíteros (22-X-1994)
Voces relacionadas: ACTO ADMINISTRATIVO, DECRETO GENERAL EJECUTORIO, DICASTERIO, POTESTAD EJECUTIVA