Clérigo

Es el fiel que ha recibido el sacramento del orden, por el que es consagrado y destinado al ejercicio de las funciones sagradas de enseñar, santificar y guiar al pueblo cristiano, representando a Cristo y actuando a veces en su propia persona.

El término clérigo proviene del griego “cleros”, que significa lote, herencia, suerte; es sinónimo de ministro sagrado, y se contrapone a laico, que se refiere al fiel no ordenado. Son clérigos solamente los que reciben al menos uno de los tres órdenes: diaconado, presbiterado y episcopado. No lo son los instituidos con los ministerios laicales de lector y acólito.

Al clérigo corresponden derechos, poderes y facultades por ser fiel cristiano, titular de oficio eclesiástico, y por la condición jurídica determinada mediante la incardinación.

El estatuto jurídico del clérigo contiene los derechos y deberes que conforman el comportamiento de los ministros sagrados, y salvaguardan su identidad sacerdotal y ministerial.

Fuentes: Decr. Presbyterorum ordinis; Decr. Optatam totius; Motu proprio “Ministeria quaedam” (15-VIII-1972); CIC cc. 273-289, 1008; Motu proprio “Omnium in mentem” (26-X-2009); Directorio para el ministerio y la vida de los presbíteros (11-II-2013)

Voces relacionadas: DIÁCONO, ORDEN (SACRAMENTO), PRESBÍTERO, SACERDOCIO

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