Movimientos eclesiales

Los movimientos son realidades laicales de origen carismático que desarrollan su vida en la Iglesia –como despliegue de su propia dinámica operativa–, en el ejercicio del derecho de asociación por parte de sus miembros, para llevar a cabo unos fines de carácter universal. No forman parte, por tanto, de la organización institucional de la Iglesia.

Surgen sobre todo después del Concilio Vaticano II, como una forma de impulsar la evangelización y la renovación espiritual de los laicos, con un fuerte sentido de comunión.

En los movimientos hay también clérigos y miembros de la vida consagrada, pero en su mayor parte están formados por laicos, que no por esta pertenencia cambian su estado en la Iglesia. Dependen del Consejo Pontificio para los Laicos.

En la actualidad, estas realidades eclesiales no poseen una configuración jurídica completamente definida, y cada uno de ellos ha ido adoptando distintas soluciones que se acomoden a sus peculiares características. Es necesaria una cierta forma jurídica institucional, que en algunos casos ha sido la de asociación privada o pública de fieles –por ser más flexible–, pudiendo determinarse los aspectos específicos en los estatutos.

Respecto a los sacerdotes que prestan su atención pastoral, en unos casos se incardinan en la diócesis correspondiente, en otros en asociaciones clericales o sociedades de vida apostólica.

Los movimientos, en cuanto asociaciones, se encuentran bajo la vigilancia del obispo, por lo que se refiere a la fe, las costumbres y la disciplina eclesiástica. Se ha de procurar entre todos una adecuada inserción en la pastoral de la Iglesia particular, que fomente lo específico del movimiento y vaya en beneficio de la comunión.

Fuentes: CIC cc. 225, 305, 394; Carta Communionis notio (28-V-1992) n. 15

Voces relacionadas: ASOCIACIÓN (DERECHO DE), CARISMA, DICASTERIO PARA LOS LAICOS, LA FAMILIA Y LA VIDA, LAICO

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