Estipendio

El estipendio es una ofrenda que los fieles hacen de modo voluntario, para que los sacerdotes que la reciben apliquen la Misa por una determinada intención, quedando en ese momento obligados a su celebración por un deber de justicia. El derecho establece que se pueden ofrecer Misas por personas concretas, tanto vivos como difuntos.

La Iglesia reconoce la necesidad y legitimidad de esta limosna, por la que los fieles contribuyen al bien de la Iglesia y participan de su solicitud por sustentar a sus ministros y actividades. En algunos lugares, los estipendios son casi la única fuente de ingresos.

Compete al concilio provincial o a la reunión de obispos de la provincia fijar por decreto la ofrenda que corresponde a la aplicación de una Misa, y no le es lícito al sacerdote pedir una cantidad mayor, aunque puede recibirla si es espontáneamente ofrecida, y también una menor. A falta de tal decreto, se observará la costumbre vigente en la diócesis.

En esta materia se ha de evitar hasta la más pequeña apariencia de negociación o escándalo. De hecho, el que obtiene ilegítimamente un lucro con la ofrenda de la Misa debe ser castigado con una censura o con otra pena justa.

Se recomienda encarecidamente a los sacerdotes que celebren la Misa por las intenciones de los fieles, sobre todo de los necesitados, aunque no reciban ninguna ofrenda. El obispo diocesano y el párroco deben aplicar por el pueblo que les está encomendado la Misa de todos los domingos y otras fiestas de precepto en su diócesis.

Existe una normativa que regula los distintos supuestos que se pueden dar respecto a los estipendios y la celebración de las Misas.

Los encargos recibidos se pueden transmitir a otros sacerdotes, con determinados requisitos.

La obligación y el derecho de vigilar para que se cumplan las cargas de Misas corresponde al ordinario local para las iglesias del clero secular; y a sus superiores, para las iglesias de institutos religiosos o sociedades de vida apostólica.

El párroco y el rector de una iglesia o de otro lugar piadoso, donde suelen recibirse estipendios, han de tener un libro especial para anotar el número de Misas que se han de celebrar, la intención, la ofrenda entregada y el cumplimiento del encargo.

Fuentes: CIC cc. 901, 945-968, 199.5, 388 §1, 534, 1308, 1385; Decr. Congr. Clero “Mos iugiter” (22-II-1991)

Voces relacionadas: BINACIÓN, LIBROS PARROQUIALES, EUCARISTÍA, MISA

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