Iglesia (lugar)
Una iglesia es un edificio sagrado al que todos los fieles tienen derecho a entrar para la celebración del culto divino, al que se destina la iglesia.
La autorización para edificar una iglesia corresponde al obispo diocesano, que dará el consentimiento, oído el consejo presbiteral y los rectores de las iglesias vecinas, si juzga que la nueva iglesia puede servir para el bien de las almas y que no faltarán los medios necesarios para edificarla y para sostener en ella el culto divino.
Las iglesias deben ser dedicadas, o al menos bendecidas cuanto antes, para asegurar la finalidad sagrada. Normalmente se destinan sólo al culto o actividades religiosas, pero el ordinario puede permitir usos que no vayan contra la santidad del lugar, en casos concretos. En las iglesias se cuidará la limpieza y pulcritud que convienen a la casa de Dios.
La iglesia catedral es la principal de la diócesis: en ella tiene su sede el obispo; la concatedral posee la misma dignidad, y se llama así por circunstancias particulares; la iglesia parroquial es la propia o central de una comunidad parroquial; la basílica es una iglesia a la que se han otorgado especiales beneficios espirituales; la iglesia rectoral suele tener una misión pastoral específica asignada por el obispo; el santuario es un lugar sagrado al que se acude en peregrinación por una devoción específica.
Fuentes: CIC cc. 1214-1222
Voces relacionadas: ALTAR, CAPILLA, CATEDRAL, IGLESIA RECTORAL, ORATORIO, SAGRARIO