Pecado

Es una conducta contraria a la ley de Dios, mediante una palabra, obra, deseo, pensamiento u omisión. Supone una falta contra la razón, la verdad y la conciencia recta, contra el amor a Dios y al prójimo, a causa de un apego desordenado a ciertos bienes.

El pecado mortal es aquel que, por su gravedad, destruye la caridad en el corazón del hombre por una infracción grave de la ley de Dios, prefiriendo un bien inferior. Para que haya pecado mortal se han de dar tres condiciones: materia grave, plena conciencia y entero consentimiento. Para que sea perdonado el pecado mortal se requiere la conversión del corazón y acudir a la misericordia de Dios en el sacramento de la penitencia: la confesión individual e íntegra y la absolución constituyen el único modo ordinario para reconciliarse con Dios y con la Iglesia.

El pecado venial deja subsistir la caridad, aunque la ofende y la hiere. Hay pecado venial cuando la desobediencia a la ley moral es en materia leve, o en materia grave pero sin plena conciencia y entero consentimiento.

No deben ser admitidos a la Sagrada Comunión ni recibir la unción de enfermos los que obstinadamente persistan en una manifiesta situación objetiva de pecado grave. Quien tenga conciencia de hallarse en pecado grave, no puede celebrar la Misa ni comulgar sin acudir antes a la confesión sacramental, a no ser que concurra un motivo grave y no haya oportunidad de confesarse; y en este caso, se debe hacer un acto de contrición perfecta, que incluye el propósito de confesarse cuanto antes.

Fuentes: Catecismo de la Iglesia Católica n. 1849, 1855, 1859, 1862; CIC cc. 915-916, 1007

Voces relacionadas: COMUNIÓN EUCARÍSTICA, CONFESIÓN SACRAMENTAL, INDULGENCIAS

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