Unción de enfermos

Es el sacramento por el que la Iglesia encomienda los fieles gravemente enfermos al Señor doliente y glorificado, para que los alivie y los salve.

El sujeto de este sacramento es el fiel con uso de razón que comienza a estar en peligro de muerte por enfermedad o vejez, o que va a sufrir una intervención quirúrgica importante, y ha pedido recibirlo al menos de manera implícita. Puede volver a recibirse la unción si el enfermo, recobrada la salud, contrae de nuevo una enfermedad grave o si, durante la misma enfermedad, el peligro se hace más grave. No se dé la unción de los enfermos a quien persiste obstinadamente en manifiesta situación objetiva de pecado.

En la duda sobre si el enfermo ha alcanzado el uso de razón, sufre una enfermedad grave o ha fallecido ya, se puede administrar este sacramento (en determinados casos, para evitar la invalidez –por ejemplo, si es probable que esté muerto el sujeto–, se podría hacer sub condicione).

Ministro de la unción de enfermos es un obispo o sacerdote, que la realiza mediante la unción con óleo y diciendo las palabras prescritas en los libros litúrgicos: “Por esta santa unción y por su bondadosa misericordia te ayude el Señor con la gracia del Espíritu Santo, para que, libre de tus pecados, te conceda la salvación y te conforte en tu enfermedad”. De ordinario se ungen con la propia mano la frente y las manos del enfermo. Por una razón grave, como una enfermedad contagiosa, podría hacerse con un instrumento.

El óleo que se emplea se obtiene de aceite de oliva –o, según las circunstancias, de aceite vegetal–, que ha de ser bendecido por el obispo –normalmente en la Misa crismal– o por quienes se le equiparan según derecho, y en caso de necesidad por cualquier presbítero dentro de la celebración del sacramento.

Los efectos de la gracia que se recibe por este sacramento son: la unión del enfermo a la Pasión de Cristo; el consuelo, la paz y el ánimo para soportar cristianamente los sufrimientos de la enfermedad o de la vejez; el perdón de los pecados si el enfermo no ha podido obtenerlo por el sacramento de la penitencia; el restablecimiento de la salud corporal, si conviene a la salud espiritual; la preparación para el paso a la vida eterna.

Fuentes: Const. Ap. Sacrosanctum Concilium n. 73-75; Const. Ap. Sacram Unctionem infirmorum (30-XI-1972); CIC cc. 998-1007; Catecismo de la Iglesia Católica n. 1511, 1532

Voces relacionadas: ÓLEOS SAGRADOS, SACRAMENTO, SUB CONDICIONE

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