Ordinariato militar
El ordinariato militar, también llamado ordinariato castrense, es una circunscripción eclesiástica personal, jurídicamente asimilada a la diócesis, erigida para realizar la misión pastoral entre personas que pertenecen a las fuerzas armadas de una nación, o que están en relación con ellas.
El Concilio Vaticano II confirmó la conveniencia de erigir vicariatos castrenses. El Código de Derecho Canónico remitió la regulación de esta materia a una ley especial, que es la Const. Ap. Spirituali militum curae. Los diversos ordinariatos se rigen además por estatutos propios.
En cuanto a su naturaleza, es una circunscripción delimitada por un criterio personal, del tipo de las prelaturas personales: se inscriben en la previsión del Concilio Vaticano II acerca de la atención de peculiares iniciativas pastorales. El ordinario tiene potestad propia y cumulativa con la del obispo diocesano. El ordinariato tiene carácter complementario respecto a las diócesis, a las que no dejan de pertenecer los fieles del ordinariato.
Los sacerdotes incardinados en el ordinariato proceden de su seminario propio, o por traslados de otras circunscripciones. Pueden trabajar también otros sacerdotes, seculares o religiosos, cedidos por sus ordinarios o superiores. Los capellanes castrenses se equiparan jurídicamente a los párrocos, con quienes ejercen cumulativamente sus facultades.
Se encuentran bajo la jurisdicción del ordinario los fieles que son militares, sus familias, los fieles que ejercen un oficio permanente confiado por el ordinario militar, y otras personas relacionadas con las sedes militares (empleados domésticos, etc.).
Los ordinariatos militares dependen de la Congregación para los Obispos o de la Congregación para la Evangelización de los Pueblos, según el lugar en que se erijan después de oír a las conferencias episcopales interesadas.
Fuentes: Decr. Christus Dominus n. 43; Decr. Presbyterorum Ordinis n. 10; CIC c. 569; Const. Ap. Spirituali militum curae (23-IV-1986)
Voces relacionadas: CIRCUNSCRIPCIÓN ECLESIÁSTICA, ORDINARIATO PERSONAL, ORDINARIO MILITAR, PRINCIPIO DE PERSONALIDAD, PRELATURA PERSONAL
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Tags: Ordinariato militar, Prelatura personal