Síntesis de las nuevas normas económicas sobre las causas de los santos

Las nuevas normas de la Congregación para las Causas de los Santos, aprobadas por el Papa, derogan las de 1983, y se aprueban ad experimentum por tres años.
Motivo: en el marco de la reforma en materia económica, se desea dar mayor transparencia y ordenar más eficazmente la gestión de los gastos de estas Causas, que requieren mucho trabajo.
Fases de la Causa (cada una con sus gastos): difusión del conocimiento de la figura; investigación diocesana; fase romana (la Santa Sede asume los costes, con la contribución del actor); ceremonias de beatificación o canonización.
Fondo de bienes: se constituye para los gastos de la Causa, con ofertas de personas físicas y jurídicas. Los bienes no se pueden usar para otro fin sin autorización de la Congregación. Cada Causa tiene una contabilidad separada. El fondo de la Causa deja de existir cuando termina, y el remanente se destina a la Congregación de los Santos, que tiene en cuenta las peticiones del actor.
Administrador: lo nombra el actor para gestionar el fondo. Puede ser el mismo postulador. Debe respetar la intención de los donantes; llevar la contabilidad actualizada; presentar al actor el presupuesto y balance de resultados para su aprobación y enviar copia al postulador; rendir cuentas a la autoridad de vigilancia.
Vigilancia sobre la administración
• Autoridad competente: según la fase de que se trate, es el Obispo diocesano o equiparado; el Superior Mayor para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica; otra autoridad eclesiástica (para los no sujetos a la autoridad de los anteriores, como entes dependientes directamente de la Santa Sede, o de una Conferencia episcopal).
• ¿Cómo se concreta esta vigilancia? Supervisión de todos los movimientos; revisión, aprobación y envío de los balances a la Congregación de las Causas de los Santos.
• La Congregación de las Causas de los Santos, como alta autoridad de vigilancia, puede solicitar en cualquier momento la información financiera; verifica los balances; controla los honorarios y gastos durante la fase romana; puede intervenir disciplinariamente.
Aportación del actor en la fase romana: establecida por la Congregación de las Causas de los Santos, distribuida en varias etapas y realizada por transferencia bancaria. Si fuera necesario, se pueden pedir contribuciones extraordinarias eventuales.
Fondo de Solidaridad: constituido en la Congregación de las Causas de los Santos, se alimenta de las ofertas voluntarias y del remanente de las Causas. En casos de dificultad real para sostener los costes de una Causa en la fase romana, el actor puede pedir una contribución a la Congregación de las Causas de los Santos.
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