Ordenación sacerdotal de mujeres
Sólo el varón bautizado recibe válidamente la sagrada ordenación. El Señor Jesús eligió a hombres para formar el colegio de los doce apóstoles, y los apóstoles hicieron lo mismo cuando eligieron a sus colaboradores. El Colegio de los Obispos, con quienes los presbíteros están unidos en el sacerdocio, hace presente y actualiza hasta el retorno de Cristo el Colegio de los Doce. La Iglesia se reconoce vinculada por esta decisión del Señor, que ha mantenido en su magisterio de modo coherente. Estas son las razones por las que las mujeres no reciben la ordenación.
San Juan Pablo II declaró que esta doctrina debe ser considerada como definitiva y atañe a la misma constitución divina de la Iglesia, que no tiene en modo alguno la facultad de conferir la ordenación sacerdotal a las mujeres.
Es una doctrina que no contradice la igualdad existente entre el hombre y la mujer bautizados, pues igualdad no implica identidad de funciones dentro de la Iglesia, en la que cada miembro del cuerpo tiene su tarea.
No se trata además de discriminación en cuanto a los derechos, pues tampoco el varón tiene el derecho a ser ordenado.
Por último, los más grandes en el Reino de los Cielos no son los ministros sino los santos, y la criatura más excelsa es una mujer, Santa María.
Fuentes: Decl. Inter insigniores (15-X-1976); CIC cc. 1024; Catecismo de la Iglesia Católica n. 1577; Carta Ap. Ordinatio sacerdotalis (22-V-1994)
Voces relacionadas: CLÉRIGO, DIÁCONO, DOCTRINA DEFINITIVA, ORDEN (SACRAMENTO), SACERDOCIO
Tags: Sacerdotes, Sacramentos