Exorcismo
Es un sacramental que consiste en la petición que hace la Iglesia públicamente y con autoridad, en nombre de Jesucristo, para que una persona (sea o no bautizada), animal, lugar u objeto sea protegido contra las asechanzas del diablo y sustraída a su dominio. Jesús practicó exorcismos, y de Él tiene la Iglesia ese poder y oficio.
Tiene lugar en forma simple en la celebración del bautismo del niño o como parte de la iniciación cristiana de los adultos no bautizados. El ministro pronuncia exorcismos sobre el candidato, porque ese sacramento significa la liberación del pecado y de su instigador, el diablo.
El exorcismo solemne sólo puede ser practicado por un sacerdote, al que se llama exorcista, que ha recibido licencia peculiar y expresa para realizar legítimamente exorcismos sobre los poseídos por el demonio. Concede la licencia el ordinario del lugar, solamente al presbítero piadoso, docto, prudente y con integridad de vida. Esta licencia puede otorgarse de forma estable o ad casum.
Se procede en este acto con prudencia, observando estrictamente el rito establecido por la Iglesia, y asegurándose antes de que se trata de una presencia del diablo, y no de una enfermedad, mediante algunos signos como el odio a la religión, una desmesurada fuerza física, o el uso de lenguas desconocidas.
En el lugar en que se realice el exorcismo solemne debe haber una imagen de Jesucristo en la cruz y de la Santísima Virgen, sea o no en un lugar sagrado.
Se requiere el consentimiento de la persona que recibe el exorcismo, o al menos la presunción de que lo habría dado si pudiera.
Fuentes: CIC c. 1172; Congr. Doctr. de la Fe, Carta de 29-IX-1985; Catecismo de la Iglesia Católica n. 1673; Congr. del Culto, De exorcismis et supplicationibus quibusdam (1-X-1998)
Voces relacionadas: BAUTISMO, SACRAMENTAL